Metales pesados en envases: el límite de 100 mg/kg del PPWR y qué evidencia necesitas
Desde el 12 de agosto de 2026, con la aplicación del Reglamento (UE) 2025/40 (PPWR), los envases deben cumplir las restricciones de sustancias que fija el texto. La más conocida es la de los metales pesados.
Qué metales y qué límite
El Reglamento limita el plomo, el cadmio, el mercurio y el cromo hexavalente. La referencia habitual es que la suma de las concentraciones de los cuatro en el envase o en sus componentes no supere 100 mg/kg. Confirma el detalle y las excepciones con el texto vigente.
Se aplica al envase en su conjunto: el material base, pero también tintas, barnices, adhesivos, tapones y etiquetas.
Dónde suelen aparecer
- Tintas y pigmentos de impresión.
- Barnices y recubrimientos.
- Adhesivos y selladores.
- Material reciclado incorporado al envase, si procede.
Qué evidencia acredita el cumplimiento
- Declaración del proveedor del envase o del material, donde afirma el cumplimiento y cita los límites.
- Informe de ensayo de un laboratorio con la concentración de cada metal.
- Fichas técnicas de tintas, barnices y adhesivos, si el proveedor del envase no cubre todo.
Guarda el documento con su fecha y asócialo a la familia de envase a la que se refiere.
Cómo pedírselo a tu proveedor
Pide algo concreto: «declaración de cumplimiento de los límites de metales pesados del Reglamento (UE) 2025/40 para el envase X, incluidos tintas y adhesivos». Un enlace de subida sin registro acelera la respuesta.
En Cumplepack este requisito aparece como «Sustancias en el envase» en el expediente de cada familia, con botón para subir el archivo o pedírselo al proveedor con un mensaje ya redactado.
Contenido informativo y orientativo. No constituye asesoramiento jurídico: contrasta siempre las obligaciones y fechas con el texto vigente del Reglamento (UE) 2025/40.
Prepara tu declaración PPWR
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